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LFT: Estos son los tres días festivos que restan del 2025

todayAugust 3, 2025 7

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Con el inicio de agosto, muchas personas en México —particularmente trabajadores y padres de familia— se preguntan si el calendario contempla algún día feriado durante este mes, la duda cobra relevancia especialmente porque las vacaciones de verano aún están vigentes para los alumnos de nivel básico, lo que abre la posibilidad de organizar planes familiares o aprovechar una escapada corta para relajarse.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) agosto no se encuentra entre los meses que contemplan fechas conmemorativas que generen suspensión de labores. Es decir, no hay feriados ni puentes oficiales programados, por lo que las actividades laborales y administrativas continúan con normalidad en el sector público y privado.

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Quienes sí disfrutan de un descanso prolongado en este periodo son los docentes. Según el calendario escolar emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP), los maestros continúan en receso debido a las vacaciones de verano. 

Según el mismo documento, los maestros deberán reincorporarse a las actividades el lunes 25 de agosto, como parte de los preparativos para el inicio del ciclo escolar 2025-2026, programado para el próximo 1 de septiembre.

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el próximo día feriado será el martes 16 de septiembre, con motivo de la conmemoración del inicio de la Independencia de México.

Esta fecha es uno de los días de descanso obligatorios para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado, sin necesidad de que se trasladen al lunes para generar un puente.

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De acuerdo con la LFT, los días obligatorios restantes para este 2025 serán los siguientes:

  • Martes 16 de septiembre: Independencia de México
  • Lunes 17 de noviembre: En conmemoración del 20 de Noviembre (Revolución Mexicana)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad

Estos días están establecidos por ley como no laborables, salvo en casos en los que, por necesidades del servicio, se deba trabajar; en esos casos, el empleado tiene derecho a una compensación adicional conforme a lo que indica la legislación vigente.

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Esta nota fue proporcionada por una fuente externa a La Campesina. Debido a que no fue escrita por nuestros empleados ni nuestros afiliados, no garantizamos su veracidad ni exactitud. Recomendamos que cada persona realize su propia investigación para verificar el contenido de esta nota.

Written by: El Informador

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